¿Qué y quiénes somos?

Una Comunidad Energética

Energía Bonita es la Comunidad Energética de La Palma (Canarias). Queremos producir y consumir energía renovable local, gestionada y controlada por las personas de nuestra isla.

Definición Legal

Las Comunidades de Energía Renovable son: “entidades jurídicas basadas en la participación abierta y voluntaria, autónomas y efectivamente controladas por socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables que sean propiedad de dichas entidades jurídicas y que estas hayan desarrollado, cuyos socios o miembros sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras

Creen en nosotros...

La Palma Renovable

Somos hijos de este proyecto, nacido a su vez de un movimiento ciudadano, la Plataforma por Un Nuevo Modelo Energético (Px1NME), que impulsa la transición hacia una isla 100% basada en energías limpias y que está gestionado en la actualidad por la Asociación Socioambiental con la que comparte nombre.

NESOI

Proyecto de ámbito europeo, que aspira a movilizar 100 millones de € de inversión en 60 proyectos de transición energética distribuidas por el territorio de la Unión Europea. Nos proporciona apoyo técnico y económico, a través de La Palma Renovable y del Excmo. Cabildo Insular de La Palma.

Un equipo de trabajo

Consejo Rector

De acuerdo con nuestros Estatutos es el «órgano de gobierno, gestión y representación de la Cooperativa, a quien corresponde controlar y supervisar de forma directa y permanente la gestión de la misma» (Artículo 47). Le corresponden entre otras funciones las admisiones y bajas de socios (Artículo 9, Artículo 13) o la presentación de las cuentas anuales (Artículo 35). Sus 9 miembros, que a cambio de su pertenencia no reciben ningún tipo de remuneración económica, son elegidos para mandatos de tres años, que se renuevan por tercios cada año (Artículo 49, Artículo 50).

Asamblea General

Es el «órgano supremo de la expresión de la voluntad social» (Artículo 38). Sus acuerdos obligan a todas las personas y entidades socias, que solo por el hecho de serlo adquieren el derecho de asistir y participar en sus debates, formular propuestas y votar aquellas que, en el marco de la Asamblea, se sometan a su consideración (Artículo 11). 

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